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El Seguro Decenal nace con la Ley 38/1999, LOE (Ley Ordenación de la Edificación), que establece que durante diez años después de terminada la obra, el promotor es responsable de los daños producidos por vicios o defectos que aparezcan y que afecten de manera directa a la resistencia del edificio.
Es un seguro obligatorio para los promotores, que están obligados a contratar el seguro decenal, siendo los asegurados ellos mismos y los beneficiarios los futuros adquirientes de las viviendas construidas.
Los profesionales de Barcinasegur Correduría de Seguros, en colaboración con las mejores y más prestigiosas aseguradoras nacionales e internacionales se encargarán de encontrar la solución específica para todas sus necesidades.
Ocurre en los casos en que un auto promotor se construye una vivienda y antes de que hayan pasado 10 años desde el final de la obra, por la razón que sea, se encuentra en la necesidad de vender la vivienda.
Como en su momento no era obligatorio contratar ni el seguro decenal ni un Organismo de Control Técnico (OCT) ahora se encuentra en la situación que necesita el seguro decenal para transmitir la vivienda, pero no cuenta con los informes del Organismo de Control Técnico (OCT), que requiere cualquier aseguradora para emitir la póliza del seguro decenal.
Pues bien, ante esta situación, se puede hacer el seguro decenal con la intervención a posteriori de un Organismo de Control Técnico (OCT) que elabore los informes pertinentes.
Esta es la documentación indispensable para poder hacer el seguro decenal sin OCT desde el inicio de la obra:
En estos casos, cuando se trata de un promotor que va a realizar una obra nueva, es necesario que contrate un Organismo de Control Técnico (OCT) que supervise la documentación y ejecución de la obra, para una vez que la obra esté terminada poder emitir el seguro decenal y vender la promoción.
Cuando se trate de una obra nueva es imprescindible contratar un Organismo de Control Técnico (OCT) homologado para poder hacer el seguro decenal. Además, el Organismo de Control Técnico (OCT) se tiene que contratar antes del inicio de la obra para que en el informe D0 que elaboran se indique que la obra ha estado controlada desde el inicio y se tendrá que ir aportando toda la documentación de la ejecución de la obra así como avisar con antelación cuando se vaya a realizar el hormigonado para que el técnico del Organismo de Control Técnico (OCT) pueda revisar la obra. La documentación que hay que aportar es la siguiente:
Documentación Técnica de todos elementos que configuran los cerramientos exteriores y las cubiertas.
Dosificación del mortero de cemento usado y ficha técnica de sus componentes.
Detalle o documento de modificación de información documental (si los hubiera).
No dude en ponerse en contacto con nosotros para cualquier consulta o contratación del seguro decenal.
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